Gabinete hace ajustes al régimen de interés preferencial para viviendas
El Consejo de Gabinete aprobó presentar a consideración de la Asamblea Nacional el proyecto de ley 19-25, "Que suspende los efectos de la Ley 468 de 2025, restablece la vigencia de la Ley 3 de 1985 y dicta otras disposiciones".
Este proyecto busca establecer modificaciones a la normativa actual sobre el Régimen de Interés Preferencial para Viviendas, que hagan su implementación más clara, ordenada y justa.
El proyecto de ley 59-25 suspende temporalmente la entrada en vigencia de la Ley 468 de 2025, estableciendo el 1 de enero de 2026 como nueva fecha para su aplicación. Esto permitirá consolidar una transición más equitativa, sin afectar los compromisos ya adquiridos ni la aspiración legítima de las familias a tener un hogar propio.
Asimismo, se restablece la vigencia de la Ley 3 de 1985, junto con sus reformas y decretos reglamentarios, para que continúe aplicándose a los préstamos formalizados y a nuevas solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2025. Este restablecimiento tiene efectos retroactivos, en beneficio directo de las familias y en respaldo de los operadores financieros involucrados.
De igual forma, se restituye la exoneración del impuesto de transferencia a la primera venta de viviendas nuevas hasta el 31 de diciembre de 2025, contenida en el artículo 4 de la Ley 106 de 1974, modificado por la Ley 399 de 2023. Esta disposición busca mantener incentivos que favorezcan el acceso a viviendas para los sectores con menor capacidad adquisitiva.
En aplicación del artículo 37 del Código Civil, se reactivan todas las disposiciones legales y reglamentarias que respaldaban el régimen anterior hasta el 31 de diciembre de 2025, garantizando continuidad normativa y certeza jurídica.
El Gabinete ha autorizado al ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Jaime Jované, a presentar este proyecto de ley a consideración de la Asamblea Nacional.
Aprueban créditos adicionales para el Metro de Panamá y la AMP
El Consejo de Gabinete aprobó créditos adicionales suplementarios en favor del Metro de Panamá y de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), para que puedan hacer frente a compromisos de la actual vigencia 2025.
A través de la Resolución No. 61-25, se aprueba un crédito adicional suplementario a favor del Metro de Panamá hasta por la suma de B/.35,563,787.00.
Para el presupuesto de funcionamiento del Metro de Panamá, se destina la suma de B/.3,969,276.00 y para el presupuesto de inversiones, un monto de B/.31,594,511.00.
Entre los compromisos que deben ser cubiertos con este crédito adicional está el mantenimiento del aire acondicionado, limpieza, iluminación y el sistema de cobro de las estaciones de la Línea 1.
También cubre servicios de mantenimiento de trenes, contratos relativos a la extensión de la Línea 1 hasta Villa Zaíta y adquisiciones de terreno, entre otros.
El crédito adicional será financiado con ingresos de saldo en caja y banco, producto del no refrendo de adendas y contratos por servicios varios de mantenimiento en funcionamiento y para el pago de obligaciones producto de la ejecución de los proyectos de inversión que no fueron refrendados antes del 31 de diciembre de 2024 y requieren de las partidas presupuestarias para darle el trámite correspondiente en la vigencia 2025.
Para la AMP se aprobó crédito adicional suplementario en hasta por la suma de B/.25,000,000.00. Esto luego de que el Gabinete aprobase la Resolución No. 62-25.
El crédito servirá para que la AMP cancele cuentas de proyectos concluidos o en ejecución, y para la contratación de expertos internacionales y locales con los cuales se pueda realizar la revisión de la Estrategia Marítima Nacional.
De la suma aprobada, se destinarán B/.2,920,425.00 al presupuesto de funcionamiento, y B/.22,079,575.00 para inversión.
Entre los proyectos de inversión, están la construcción de un nuevo edificio de oficinas de la AMP, el nuevo muelle fiscal de Puerto Armuelles, el Mercado del Marisco en Puerto Pedregal, el desarrollo e implementación de un Sistema de Registro Electrónico de Naves (REN) y para equipamiento y monitoreo de la señal de buques de bandera panameña.
La fuente de financiamiento de este Crédito Adicional Suplementario proviene del saldo en caja y banco, el cual ha sido comprobado según las conciliaciones bancarias y los estados de cuenta al cierre del 31 de diciembre de 2024, así como al cierre del 31 de mayo de 2025.